Atención de día
Última actualización - 01/09/2026
01/09/2026
Cambios textuales.
13/03/2026
Correción de textos
19/10/2023
Correción de textos
La Atención de Día es un recurso de apoyo a la familia y al NNA que se utiliza en el marco de las medidas adoptadas en el ejercicio de la protección a la infancia, tal y como se recoge en los artículos 55, 59 y 60 de la Lei 3/2011, do 30 de xuño, de apoio á familia e á convivencia de Galicia.
En este sentido, se entiende por atención de día aquella que se les presta a los niños y niñas o adolescentes que permanecen con sus familias y a los que se les proporciona un contexto de convivencia durante una parte del día, que complementa y apoya al ofrecido por la familia.
El programa de Atención de Día se desarrolla en los centros propios, en centros colaboradores o en unidades convivenciales adscritas a ambos, pero se diferencia de este en su objetivo prioritario de apoyo a la familia para la preservación de la unidad familiar.
Se configura como un apoyo a la familia y a la NNA, por el que se da cobertura a las necesidades de la NNA y se promueve la mejora de su medio familiar con el fin de preservar la convivencia y evitar su separación, o bien como paso previo a su desinstitucionalización.
Los objetivos que se persiguen con este recurso de apoyo son:
- Facilitar la permanencia del niño en su familia en condiciones que promuevan su adecuada atención y seguridad, ayudando a los padres a responder a las necesidades evolutivas del niño, maximizando la implicación parental en la educación y cuidado de los hijos.
- Evitar la separación familiar cuando la problemática familiar no garantice el bienestar y satisfacción de las necesidades del NNA, así como el ejercicio de sus derechos.
- Facilitar la integración sociofamiliar de los niños y niñas en acogimiento residencial, utilizando esta medida de apoyo como paso intermedio entre el acogimiento residencial y el retorno del menor a su hogar. La Atención de Día permite evitar la prolongación del internamiento y posibilita un proceso gradual de reunificación familiar.
- Preservar los lazos del niño o adolescente y de la familia a la comunidad.
Las necesidades que se tratan de satisfacer a través de este tipo de recurso, son:
- Prestar la medida de apoyo a la familia consistente en la atención de día integral a los NNA con el objeto de proporcionarles durante el día una serie de servicios de apoyo socioeducativo y familiar tendentes a favorecer su proceso de normalización.
- Dar cobertura a las necesidades básicas de los NNA a través de un recurso de protección, proporcionándoles la atención, la educación y la formación idóneas, con el fin de favorecer el pleno desarrollo de todas las esferas de su personalidad.
- Llevar a cabo una intervención individualizada con los NNA y con sus familias, con el objeto de promover la adecuada integración de aquellos en su propia familia o, si eso no es posible, en una familia alternativa, o prepararlos para la vida independiente.
- Proporcionar un contexto de socialización positivo a adolescentes que deban cumplir una medida de convivencia en familia o grupo educativo impuesta en aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de responsabilidad penal de menores, mediante su convivencia temporal con un grupo educativo que cumpla la función de la familia en lo que respecta al desarrollo de pautas socioafectivas prosociales en la persona menor de edad.
En la actualidad, la Entidad Pública de Protección de Galicia dispone de una red de plazas públicas, gestionadas directamente o a través de entidades colaboradoras distribuidas por el territorio de la comunidad autónoma.
En la actualidad, la Entidad Pública de Protección de Galicia dispone de una red de plazas públicas, gestionadas directamente o a través de entidades colaboradoras distribuidas por el territorio de la comunidad autónoma.
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