Familias Monoparentales

   CERTIFICADO DE FAMILIA MONOPARENTAL   


Las familias monoparentales pueden solicitar un documento oficial de la Xunta de Galicia que certifica que una familia cumple los requisitos para ser considerada familia monoparental y, por lo tanto, tener acceso a beneficios asociados.

NOVEDAD: Desde el 15 de enero de 2026, el certificado de familia monoparental de la Xunta de Galicia está operativo en formato digital a través de la aplicación gratuita Xunta.eu

 

¿QUÉ BENEFICIOS TIENE UNA FAMILIA MONOPARENTAL?

Las familias gallegas que obtengan el certificado de Familia Monoparental de la Xunta de Galicia podrán acceder a beneficios por parte de las administraciones públicas. En el caso de la Xunta de Galicia, algunos de estos beneficios son:

  • Consideración de situación de monoparentalidad en el acceso a la Renta de Inclusión de Galicia (Risga) y a las ayudas de emergencia social.
  • Puntuación adicional en la baremación para la adjudicación de plazas en las escuelas infantiles públicas de 0 a 3 años (1º ciclo de Educación Infantil)
  • Reducción de un 20% de las tarifas de comedor en las tarifas de comedor en las escuelas infantiles públicas de 0 a 3 años (1ª ciclo de Educación Infantil).
  • Acceso a programas específicos, como el “Programa de Apoyo a las familias monoparentales” que desarrolla la entidad Cáritas Diocesana-Santiago y que se centra en facilitar el acceso al mundo laboral y prevenir situaciones de riesgo.
  • Preferencia en el acceso en todos los turnos a las estancias en el programa "Vacaciones Familiares" de la Xunta de Galicia en las residencias de Tiempo Libre de la Xunta en Panxón-Nigrán y O Carballiño.
  • Bonificación de los precios para la campaña de verano en los campamentos juveniles organizados por la Xunta de Galicia, con una reducción de hasta el 50%. Este beneficio se extiende a todos los programas organizados por la Dirección Xeral de Xuventude, Participación e Voluntariado
  • Preferencia en la adjudicación de plazas para jóvenes y chicos (de 16 a 30 años) en las residencias juveniles dependientes de la Xunta de Galicia.
  • Preferencia en la admisión de alumnado en centros docentes sustentados con fondos públicos que impartan enseñanzas de 2º ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato.
  • Puntuación adicional en la baremación para el acceso al servicio de casas nido subvencionado por la Xunta de Galicia.
  • Ampliación del 75% al 100% de la ayuda subvencionable en el Bono Concilia Familia
  • NOVEDAD: A partir del 1/1/2026, se aplicará una reducción del 8% al 3% en el impuesto sobre la compra de inmuebles (ITP) para familias monoparentales. El impuesto será del 0% si la propiedad se encuentra en una zona escasamente poblada.
¿CÓMO PUEDO SOLICITAR EL CERTIFICADO?
1. ¿Qué familias pueden solicitarlo?

En Galicia, se considera familia monoparental el núcleo formado por un único progenitor y los hijos a su cargo. Es un requisito no convivir con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal.

Se considera familia monoparental alguno de los siguientes supuestos:

a) Las personas que afrontan la maternidad o paternidad en solitario.

b) Las familias formadas por un cónyuge viudo y sus hijos/as.

c) Las familias en las que un progenitor queda a cargo de los hijos/as sin que haya custodia compartida.

Además, tienen la misma consideración que el hijo o hija:

Las personas unidas al único progenitor por razón de tutela o acogimiento. El concebido, siempre que mediante la aplicación de esta asimilación se obtenga mayor beneficio.

En todo caso, los requisitos están recogidos en la Ley 3/2011 del 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia.

2. ¿Dónde solicito el certificado?

Desde el 15 de enero de 2026, las familias monoparentales de Galicia disponen de un trámite específico en la sede electrónica de la Xunta de Galicia para solicitar su certificado oficial.

Hay dos formas de solicitar o renovar el certificado:

1) La forma más rápida y sencilla es tramitarlo online en la sede electrónica de la Xunta, a través del procedimiento BS427A

2) También puede enviarse mediante registro oficial (registro de la Xunta de Galicia o de un Concello) o por correo postal . En cualquier caso, el solicitante debe enviar la solicitud y la documentación indicada en el procedimiento BS427A a la siguiente dirección:

Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica (Familia Monoparental)

Servicio de Apoio á Familia, Infancia e Adolescencia

Xunta de Galicia

Edificio Administrativo de San Caetano s/n, 15781, Santiago de Compostela

3. ¿Qué documentación tengo que presentar si es la primera vez que lo solicito?

 

La documentación que debe presentar ya está detallada en el procedimiento BS427A.

Recuerde que:

Cuando en el libro de familia aparecen dos progenitores, pero:

a) Hay sentencia de divorcio o separación o convenio regulador y el progenitor/a queda a cargo de las hijas e hijos sin que haya custodia compartida (en el caso de que haya custodia compartida no procede).

Deberá disponer de copia de la sentencia o resolución judicial que establezca las medidas parentales y filiales respecto de los hijos en común, acompañada del correspondiente convenio regulador, en su caso.

Si tiene hijos o hijas de entre 21 y 25 años (ambos incluidos), debe presentar documentación que acredite que están estudiando (certificado emitido por el centro educativo o matrícula con comprobante de pago). Los hijos con una discapacidad igual o superior al 33% estarán exentos (en este caso, es necesario presentar el certificado del grado de discapacidad).

b) Personas viudas

Deberán aportar el certificado de defunción, si no consta en el libro de familia.  

4. ¿Cuánto dura el certificado?

 

Los certificados solicitados o renovados desde el 15 de enero de 2026 tienen la siguiente validez: 

  • En general, en el caso de hombres o mujeres que afronten la paternidad o maternidad en solitario, o familias formadas por el cónyuge viudo y sus hijos , el certificado será válido hasta que el hijo o hija menor cumpla 26 años .
  • En el resto de casos (familias formadas por un padre o madre responsable de los hijos sin que exista custodia compartida) la validez del certificado será generalmente de 5 años desde la fecha de solicitud. 

Los certificados expedidos antes del 15 de enero de 2026 tienen vigencia hasta la fecha de caducidad que establece el propio certificado. La persona beneficiaria del mismo tendrá que proceder a la renovación del certificado antes de la fecha de caducidad.

5. ¿Qué tengo que hacer para renovar el certificado?

 

El proceso de solicitud de renovación es el mismo que para la obtención del primer certificado: tiene que utilizar el procedimiento BS427A en la sede electrónica de la Xunta.

La solicitud de renovación puede realizarse, como máximo, tres meses antes de la fecha de vencimiento del certificado. Es decir, si un certificado vence el 1 de diciembre de 2026, su renovación puede solicitarse a partir del 1 de septiembre de 2026, pero no antes de esa fecha.

6. ¿Qué plazo tiene la Xunta para resolver mi solicitud?

 

El plazo máximo que tiene la Xunta para resolver la solicitud de certificado de monoparentalidad es de tres meses, a contar desde la presentación de la solicitud.

  • Si la documentación enviada con la solicitud está completa, el certificado se emitirá en ese plazo máximo de tres meses.
  • Si la documentación está incompleta, la Xunta le solicitará la correspondiente enmienda.