Los servicios sociales comunitarios son el primer nivel de atención del sistema gallego de servicios sociales y el principal punto de acceso de la ciudadanía.
Son de carácter mayoritariamente local, están orientados a garantizar la igualdad de oportunidades y a mejorar la calidad de vida de las personas mediante programas, prestaciones y recursos próximos al territorio.
La Ley 13/2008 regula su funcionamiento, estableciendo que tienen una función integradora y preventiva, centrada en la atención a las personas y familias y en su inclusión social y laboral; y pueden tener la consideración de básicos o específicos, siendo con carácter general de competencia municipal.
- Servicios sociales comunitarios básicos
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Tienen un carácter local, abierto y polivalente constituyendo el principal acceso al sistema de servicios sociales, con lo que se garantiza la universalidad del sistema y de su proximidad a las personas en los ámbitos familiar y social.
Se desarrollan desde los centros de servicios sociales por medio de equipos interdisciplinares y con una estructura organizativa que establezca la administración titular del servicio.
Programas y servicios sociales comunitarios básicos:
- Programa de valoración, orientación e información
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Permite garantizar el acceso universal y gratuito al sistema y, además, la prestación de servicios de carácter profesional en todo el territorio.
- Proporciona información, orientación, asesoramiento y acompañamiento.
- Realiza la valoración y el diagnóstico social de la ciudadanía.
- Intervención básica de trabajo social.
- Derivación hacia la intervención idónea para cada caso (social, biopsicosocial o socioeducativa). Podrá derivarse hacia los distintos programas de servicios sociales comunitarios básicos o específicos.
- Servicio de ayuda en el hogar (SAF)
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El servicio de ayuda no fogar se basa en la atención a las personas mayores con déficit de autonomía y a personas con discapacidad, especialmente cuando carezcan de apoyo personal en su entorno inmediato, así como a hogares con menores en los que se observe necesidad de una intervención de carácter socioeducativo.
Se dará prioridad en el acceso a personas que tengan un derecho reconocido dentro del Sistema de Atención a la Dependencia (SAAD).
Desde los Ayuntamientos se establecen sistemas de acceso libre al SAF desde su modalidad básica, para situaciones diferentes a la contemplada en el párrafo anterior.
- Servicio de educación y apoyo familiar
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EL programa está dirigido principalmente a familias en situación de especial vulnerabilidad, especialmente aquellas con menores en riesgo de desatención o con factores de exclusión social o pobreza infantil. La determinación de las familias destinatarias vendrá precedida por la valoración técnica del personal de los servicios sociales comunitarios municipales.
Además, puede incluír actividades abiertas a la comunidad y a profesionales relacionados con la mejora de la vida familiar y de la acción educativa de las familias.
- Programa básico de inserción social
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Los servicios sociales básicos se encargarán de:
- Detectar y valorar las situaciones de personas, grupos o áreas territoriales en situación y riesgo de exclusión.
- Participar en la asignación de las prestaciones económicas de inclusión social referidas en el apartado 1 del artículo 18 de la Ley 13/2008, de Servicios Sociales de Galicia. Analizarán el perfil sociolaboral de cada caso y expedirán los informes y propuestas de derivación e idoneidad del recurso que se establezcan en el procedimiento.
- Coordinar el desarrollo de los itinerarios personalizados de inclusión con los servicios sociales comunitarios específicos, en especial con los equipos de inclusión sociolaboral (municipales o consorciados).
- Desarrollar actuaciones en relación con el seguimento y revisión de las prestaciones.
- Programa de fomento de la cooperación y solidaridad social
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Mediante este programa los servicios sociales comunitarios fomentan la solidaridad entre los miembros de la comunidad local y la acción voluntaria en el área social.
Se fomentará la creación de organizaciones de autoayuda, ayuda mutua y de acción solidaria, mediante el correspondiente asesoramiento, formación y acompañamiento. Estas organizaciones complementarán la actuación de los servicios sociales públicos de acuerdo con la planificación local de servicios sociales.
En el desarrollo de este programa se priorizará el intercambio generacional, la interculturalidad y las medidas de acción positiva para la consecución de la igualdad, y se prestará especial atención a la prevención de la violencia de género.
- Procedemento de financiación de los servicios sociales comunitarios (BS623A)
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Serán beneficiarios los ayuntamientos que, de manera individual o agrupada, desarrollen los servicios sociales comunitarios básicos y específicos de su competencia y que presenten el correspondiente proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales.
A estos efectos, las corporaciones locales firmantes de dicho proyecto deberán estar inscritas en el RUEPSS (Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales).
Se entienden incluídas en el apartado anterior las mancomunidades de municipios. Cuando se trate de agrupaciones de hecho acordadas entre ayuntamientos mediante fórmulas de colaboración interadministrativa para el desarrollo compartido de servicios sociales, deberán justificar en el proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales a complementariedad y la no duplicidad de actuaciones para las cuáles se solicita financiación.
En ambos casos, la financiación de un servicio o programa de manera conjunta excluye la posibilidad de financiación individual del mismo servicio o programa.
- Resolución de las transferencias finalistas 2024
Acceso a la aplicación web:
- Servicios sociales comunitarios específicos
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Estos servicios ofrecen atención a colectivos con necesidades o problemáticas específicas, promoviendo su integración social y sirviendo de puente hacia servicios más especializados.
Actúan como recursos de proximidad, favoreciendo la autonomía, la calidad de vida y el mantenimiento de los vínculos familiares y comunitarios.
Se dirigen a sectores de poboación que requieren una intervención más especializada o de ámbito supramunicipal.
Programas de los servicios sociales comunitarios específicos:
- Gestión de centros autorizados de inclusión y emergencia social
- Inclusión social de persoas sen fogar
- Inclusión de persoas inmigrantes
- Inclusión de emigrantes retornados
- Inclusión da comunidade xitana
- Inclusión de persoas en risco de exclusión de minorías ou colectivos socialmente vulnerables
- Atención a persoas con limitacións na súa autonomía e ás súas persoas coidadoras, mediante servizos de atención diúrna e nocturna
- Atención a persoas con discapacidade
- Apoio psicosocial e familiar vinculado á atención temperá
- Atención a persoas maiores mediante equipamentos e servizos que faciliten a prevención da dependencia e promoción da autonomía persoal mediante o envellecemento activo e solidario
- Atención á primeira infancia en instalacións que posibiliten a conciliación da vida laboral e familiar
- Asesoramento, atención e orientación a mulleres en situación de especial vulnerabilidade
- Atención a menores en situación de risco ou conflito social
- Aloxamento alternativo
- Xestión doutros equipamentos sociais non residenciais que presten servizos sociais de proximidade
