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Orden de 12 de junio de 2017 por la que se convoca el procedimiento para la concesión de ayudas económicas a las familias numerosas de Galicia para estadías de fin de semana en las estaciones de montaña ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma para el año 2017.

Fecha de inicio: 
21/06/2017

Publicación: 21 de junio de 2017.

Objeto:

Convocar para el año 2017 el procedimiento para la concesión de ayudas económicas a las familias numerosas de Galicia, en régimen de concurrencia competitiva, para estadías de fin de semana en las estaciones de montaña ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia (código de procedimiento BS423D).

El otorgamento de las ayudas a que se refiere esta convocatoria se realizará a través de la modalidad de pago único y de forma continuada hasta agotar el crédito presupuestario consignado para estos efectos en la aplicación presupuestaria 12.02.312B.481.0 de los presupuestos del año 2017 de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica de la Consellería de Política Social, con una cuantía global de 20.000 euros.

A solicitude formalizarase no formulario normalizado que figura como anexo I que estará dispoñible na guía de procedementos e servizos que se atopa no enderezo: https://sede.xunta.gal/guia-de-procedementos

 

Tipo de ayuda y cuantía

Consisten en una subvención de 35 euros por persona y estadía de fin de semana para los niños y niñas de 12 años o más y los adultos, y en 37,5 euros para los menores de 12 años.

Solicitude y plazo de presentación

La solicitud se presentará en el formulario normalizado que figura como anexo I de la orden y estará disponible en la guía de procedimientos y servicios que se encuentra en la siguiente dirección: https://sede.xunta.gal/guia-de-procedementos

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Se entenderá cómo último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las familias numerosas residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Requisitos de las personas beneficiarias

Además de los requisitos determinados en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, serán requisitos necesarios para la concesión de esta ayuda:

la) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar considerada cómo numerosa, según lo establecido en el artículo 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas y en el artículo 10 de la Ley 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia.

b) Residir en la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Que el título de familia numerosa esté en vigor en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d) Que la renta per cápita de la unidad familiar no supere los 10.500 euros anuales.

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