Observaciones:
La Orden de 16 de Mayo de 1985, por la que se aprobó el Estatuto básico de centros para la tercera edad del IMSERSO introduzco importantes innovaciones en el régimen jurídico aplicable a los mismos. Asimismo, el RD 530/1985, estableció que las funciones que el ordenamiento jurídico atribuye al instituto nacional de asistencia social, respeto de la gestión de centros y servicios pendientes de transferencia a las Comunidades Autónomas, habían sido asumidas por el Instituto Nacional de Servicios Sociales. Esta normativa hace imprescindible proceder a una nueva regulación de las condiciones de ingresos, traslados y permutas en los centros residenciales para la tercera edad, gestionados por el IMSERSO,unificando la actual dispersión normativa y simplificando, por otra parte, los tramites administrativos. De esta forma, completara el marco normativo, aplicable en estas materias, iniciado por la Orden de 8 de Enero de 1986, que aprobó el baremo de ingresos, traslados y permutas.
Su estructura es:
- Capítulo I: Definición y clasificación de los centros residenciales del IMSERSO para la tercera edad.
- Capítulo II: Beneficiarios.
- Capítulo III: Usuarios y residentes.
- Capítulo IV: Ingresos, traslados y permutas.
- Capítulo V: Lista de reserva de plazas.
- Capítulo VI: Permutas.
- Capítulo VII: Período de adaptación y observación.
- Capítulo VIII: Ayudas económicas.
- Capítulo IX: Liquidación de Estancias.
- Disposiciones Finales.
- Disposición Derogatoria.
