Aplicación social del transporte de Galicia
La Consellería de Infraestructuras e Vivenda y la Consellería de Política Social firmaron el día 7/11/2014 un acuerdo de colaboración para extender los descuentos establecidos en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, para el transporte interurbano de viajeros en el campo del Plan de transporte metropolitano de Galicia, en las áreas metropolitanas de: A Coruña, Ferrol, Santiago de Compostela, Lugo y Vigo.
Estos descuentos son del:
- 20 % – categoría general
- 50 % – categoría especial
Las bonificaciones por familia numerosa son acumulables a cualquier otra que le había podido corresponder por la pertenencia la otro colectivo bonificadel, con un límite máximo del 100% del viaje.
Estas bonificacións por familia numerosa teñen efectos desde o día de entrada da solicitude no rexistro correspondente.
Estas bonificaciones no serán aplicables para el transporte urbano, sólo para el transporte metropolitano entre los ayuntamientos que integran el área metropolitano correspondiente.
Persoas beneficiarias
Cualquier persona que forme parte de una familia numerosa de Galicia (mayor de 5 años) que, cumpliendo los requisitos necesarios para estar incluída dentro del título oficial de familia numerosa, solicite su alta en la aplicación social en la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica
Requisitos
- Ser titular de un contrato individual de tarjeta metropolitana de Galicia (TMG) firmado con la empresa colaboradora (ABANCA). En el caso de personas menores de edad el contrato será suscrito por las personas progenitoras, tutoras o gardadoras.
- Las tarjetas podrán adquirirse únicamente en las oficinas distribuidoras de ABANCA relacionadas en la página web del transporte metropolitano de Galicia y tienen uno coste de 2 € además del importe del recargo correspondiente.
- Cubrir el impreso de solicitud de alta en la aplicación social gestionada por la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica.
- Acercar, junto con la solicitud, una copia del contrato individual y una copia de la propia tarjeta.
Forma de presentación de las solicitudes
Las solicitudes se presentaran en los lugares y registros establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, bien de forma presencial, en algún registro público o por correo ordinario (en este caso, con el sello de correos que acredite la fecha de presentación en la hoja de solicitud), o bien telemáticamente, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://www.xunta.gal/tipoloxia-da-informacion-e-modalidades-de-presentacion).
Para la presentación de solicitudes telemáticas podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Validez de la aplicación social de la TMG
El período en el que se aplicarán los descuentos correspondientes por familia numerosa coincide con el período de validez del propio título de familia numerosa.
Cada vez que se renueve el título de familia numerosa, deberá comunicarse a la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica para que efectúe la correspondiente modificación del período de validez en la aplicación social.
Deberes de las personas usuarias de la aplicación social de la TMG
Las TMG registradas en la aplicación social serán de uso exclusivo de la persona titular, quien se responsabilizará de su custodia y correcto uso.
El uso de la tarjeta por una persona distinta de su titular dará lugar a la pérdida de los beneficios correspondientes.
Bonificaciones
Las bonificaciones se percibirán siempre al final del mes siguiente a aquel en el que se genere el derecho al descuento correspondiente, con efectividad desde el día 1 del mes siguiente. Así, los descuentos acumulados en el mes de diciembre, serán computados a finales del mes de enero y estarán disponibles paras las personas usuarias a partir de 1 de febrero.
El plazo para que las personas usuarias acepten la bonificación es de 2 meses desde la data en que esta se ponen a su disposición. De no aceptar la bonificación en este plazo, se perderá el derecho a ella. Esta caducidad sólo afecta a las bonificaciones correspondientes, en ningún caso afecta al saldo de la tarjeta.
Las bonificaciones acumuladas podrán hacerse efectivas en cualquier cajero de ABANCA y en cualquiera de las tarjetas de la persona titular.
Pérdida o deterioro de la TMG.
En caso de pérdida o deterioro de la tarjeta podrá sustituirse por otra. Si el relevo se hace en las oficinas de ABANCA relacionadas en la página web del transporte metropolitano de Galicia, el traspaso de las bonificaciones se hace automáticamente. Si el relevo se hace con otra tarjeta ya en poder de la persona usuaria, deberá solicitarse el traspaso de las bonificaciones a la nueva tarjeta en la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica..
Información
Para conocer el proceso de solicitud y funcionamiento, puede dirigirse al número de teléfono: 981 957 027