Acogimiento residencial
Última actualización - 16/03/2026
16/03/2026
Modificaciones en contenido
04/04/2023
Añadido el documento 'Circular 1/2023 de acogimiento familiar'
Añadida la referencia sobre necesidad de solicitar autorización de acogimiento residencial de niños y niñas de 0 a 6 años y modelo de solicitud
30/01/2024
Añadido el Proyecto técnico presentado por IGAXES
El acogimiento residencial se define como el modo de ejercicio de la guardia guarda como medida de protección, consistente en su alojamiento y atención en un centro de menores.
Estos centros ofrecen alojamiento, asistencia integral y una dotación de servicios y programas especialmente orientados a conseguir la normalización, e integración sociofamiliar de los NNA acogidos/as. Los centros deben reproducir las condiciones de vida de los NNA de la forma más próxima a la de una familia normalizada, desde el formato de la vivienda hasta la provisión de una atención integral y compensadora de sus problemáticas.
El acogimiento residencial tiene como finalidad:
- Proporcionar a la infancia y adolescencia una atención integral, individualizada y adecuada, a través de un entorno seguro, educativo y terapéutico, y responder a sus necesidades de salud, emocionales, sociales, relacionales y educativas, de acuerdo con su desarrollo y bienestar.
- Orientar su actuación socioeducativa y siempre que sea acorde con el interés superior del menor, al retorno a la familia de origen, ofreciendo a las familias un modelo de intervención que favorezca su participación en un contexto de educativo individualizado con sus hijos e hijas, favoreciendo la modificación de las condiciones, así como de los comportamientos parentales y filiales que obstaculizaron una vida familiar saludable y en convivencia, posibilitando, de esta forma, la mejora de las relaciones familiares.
- Proporcionar, a la adolescencia y a la juventud que así lo requiera, los recursos y las habilidades necesarias para la transición a la vida autónoma e independiente, la orientación y la inserción laboral y comunitaria.
- Garantizar la participación de la infancia, adolescencia y sus familias, promoviendo la implicación activa en los temas que los les afectan, escuchando su punto de vista tomando en consideración su visión en la toma de decisiones. Así, podrán participar en la evaluación de sus necesidades, en el desarrollo de su Proyecto Educativo Individual (PEI), así como en la elaboración y revisión de las normas del recurso de acogimiento.
- Fomentar el desarrollo emocional saludable y el apego seguro a través de intervenciones basadas en la afectividad consciente, reconociendo las emociones como eje de la intervención educativa y de convivencia diaria.
El acogimiento residencial de niños, niñas y adolescentes se regirá por los siguientes principios:
- Los criterios generales de interpretación del interés superior del menor, recogidos en la normativa específica. Para eso, se establecerán protocolos claros de evaluación y determinación de dicho interés superior, acorde con los criterios de claridad, proporcionalidad y necesidad.
- Garantizar que se cumplan con los criterios necesarios para generar entornos seguros. En tal sentido, se articularán y se reforzarán los mecanismos de comunicación, queja y denuncia accesibles, confidenciales y eficaces para todos los niños, niñas y adolescentes.
- Asegurar que se desarrollen Proyectos Educativos Individualizados (en adelante PEI) para cada NNA, incluyendo su participación, además de un sistema de seguimiento periódico y revisión de las medidas aplicadas, según las necesidades del niño, niña o adolescente.
- Preservar para los niños, niñas y adolescentes la mayor cercanía posible de su entorno familiar, educativo, cultural y social, si eso es acorde a su interés superior.
- Garantizar la adaptación de los recursos y programas a las necesidades específicas de las personas con movilidad reducida o discapacidad sensorial o intelectual, respetando la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.
- Adaptación de las medidas a colectivos de infancia y adolescencia que así lo necesiten como grupos de hermanos y hermanas, infancia migrante y refugiada, víctimas de explotación sexual y trata, discapacidad intelectual e infancia con problemas de conducta. En el caso de hermanos y hermanas, se dará prioridad al interés superior de la persona de menor de edad, favoreciendo, siempre que no sea contrario a dicho interés, la permanencia de los grupos de hermanos y hermanas en un mismo recurso.
- Incorporar la perspectiva de género, interseccionalidad e interculturalidad en la intervención, para mejorar la especialización y respuesta a las necesidades diferenciales minimizando las desigualdades por razón de género y la igualdad de trato y no discriminación.
- Trabajar en la transición hacia la vida adulta, con el objetivo de que las y los adolescentes y personas jóvenes alcancen un determinado nivel de autonomía, que les permita participar en la comunidad. Para eso, deberá planificarse con la antelación suficiente, por profesionales cualificados y se prestará el apoyo y supervisión durante el tiempo que sea necesario.
- Evaluar de forma continuada, los programas y recursos de acogimiento residencial, así como los recursos de atención de día integral, incluida la actuación de las entidades.
- Garantizar una atención integral dirigida a la recuperación a los niños, niñas y adolescentes que fueron víctimas de vulneración de sus derechos.
- Garantizar el derecho a la información de los niños, niñas y adolescentes, el que incluye tanto el acceso al propio expediente de protección como a la entidad pública de protección, especialmente mediante una comunicación eficaz y continua con el técnico de referencia. Accesible, de acuerdo a la edad y madurez de la niña, niño o adolescente.
- Colaborar con el Ministerio Fiscal para la supervisión e inspección periódica de los programas de acogimiento residencial y de los recursos de atención de día integral.
- Garantizar la especialización de profesionales a través de la formación y capacitación integral, continua y dinámica a todos los y las profesionales. Asimismo, se asegurará la contratación segura de profesionales, a través del establecimiento de un sistema de selección de personal, políticas de salvaguarda y códigos de conducta. Se promocionará la continuidad y estabilidad de las y de los profesionales en las condiciones idóneas para el ejercicio de la profesión.
- Garantizar la capacitación en técnicas de resolución de conflictos, contención emocional y medidas de desescalada que favorezcan la convivencia y la prevención de violencia. Asegurar que las medidas de contención sean utilizadas solo como último recurso, y se desarrollen en un marco de garantía jurídica de los derechos humanos y siempre que sea acorde a su interés superior.
- Sensibilizar, prevenir, detectar, comunicar, atender, proteger y reparar cualquier forma de violencia contra la infancia y la adolescencia.
- Promover entornos educativos y relacionales basados en la afectividad consciente, en los que se cuide la calidad del vínculo afectivo, la escucha activa, la regulación emocional y la expresión segura de las emociones, como elementos clave para el desarrollo integral de las personas menores
Programas de atención residencial
Los programas de atención residencial constituyen marcos de referencia en los que se ordenan los principios y criterios que inspiran la acción socioeducativa de los centros ante cada uno de los perfiles individuales y colectivos que presentan las personas NNA de edad en acogimiento residencial, de acuerdo a las distintas circunstancias sociales. Constituyen un instrumento técnico para orientar la acción en los Centros, de acuerdo al perfil de NNA en ellos atendidos en cada momento y que variarán en función de la necesidad de adaptación constante a los cambios en dichos perfiles.
En consecuencia, los programas no existen en el vacío, sino que se sustentan y desarrollan en recursos y espacios, e incluso integran éstos en su definición, Así, se debe subrayar que en un mismo centro pueden desarrollarse distintos programas, tanto en correspondencia con la posible distribución modular del mismo, como si se incluye algún programa de aplicación individual o especializada.
Igualmente, se contempla la posibilidad de que se combinen programas de carácter general, con algunos de aplicación individual, en aras de la integración, normalización e individualización de la atención.
Partiendo de los principios ya expuestos (individualización, integralidad, normalización...) parece obvio que la atención en los Centros de Protección se basa en el supuesto de que a cada NNA se le debe ofrecer una atención de acuerdo a sus necesidades propias, así como que la principal referencia para la toma de decisiones sobre el mismo es su interés superior, por encima de cualquier otra consideración logística, administrativa o económica. Esta es la práctica progresiva de los Centros y del conjunto del Sistema de Protección de Menores que configura el acogimiento residencial en protección a la infancia estructurado en base al desarrollo de distintos programas, cuyo contenido es el siguiente:
- Programa de primera acogida y diagnóstico para niños, niñas y adolescentes en situación de desprotección. Programa destinado a facilitar una primera acogida y diagnóstico psicosocioeducativo para NNA en posible situación de desprotección, que requiera una intervención inmediata y de urgencia mientras se completa la valoración de su situación de cara a adoptar la medida de protección y/o recursos más acordes con su caso concreto.
Este programa deberá estar disponible para acoger a cualquier niño, niña o adolescente durante las 24 horas del día, los 365 días del año y la permanencia en este programa será temporal y limitada de acuerdo con las necesidades de cada NNA.
Este programa podrá desarrollarse en centros específicos de primera acogida o a través de la habilitación de unidades o espacios en centros que desarrollen el programa de acogimiento residencial general. En este caso, se destinarán preferentemente unidades de convivencia específicas para la atención inmediata, excepto que las características individuales de las personas menores de edad aconsejen otra ubicación. Se evitará, en la medida del posible, que esta atención inmediata interfiera en la convivencia diaria del resto de las unidades cas que cuenta el recurso. - Programa de preservación familiar en régimen de atención de día integral. Formado por el conjunto de intervenciones técnico-profesionales de apoyo a la familia y a las personas menores, en un contexto de convivencia idóneo, destinado a satisfacer sus necesidades personales básicas, así como las educativas, de manera que se minimicen las situaciones de riesgo y se posibilite el trabajo con las familias para que aumenten sus factores de protección.
Este programa proporciona cobertura a las necesidades del niño, niña o adolescente y promueve la mejora de su medio familiar con fines de preservar la convivencia y evitar adoptar una medida de protección que suponga la separación familiar. - Programa de acogida residencial general para niños, niñas y adolescentes con medida de protección de tutela o guarda. Este programa tiene como finalidad proteger al niño, niña o adolescente asumiendo a guardia para proporcionarle un entorno seguro y un espacio de protección que le permita adquirir un desarrollo afectivo, psicológico, formativo-laboral, intelectual y social idóneo, y que actúa como alternativa y/o complementario en la familia.
- Programas de acogimiento residencial específico:
- Programa de acogida residencial específico de carácter terapéutico, para NNA sujetos a la medida de guarda o tutela, que presenten necesidades específicas de atención y protección relacionadas con la salud mental. Estas necesidades deben estar determinadas por una valoración psicosocial especializada, justifiquen su integración en el dicho programa.
- Programa de acogida residencial específico para NNA con desregulación conductual, para NNA sujetos a la medida de guarda o tutela de la Entidad Pública, que presenten desregulación conductual, cuando además esté justificado por sus necesidades de protección y determinado por una valoración psicosocial especializada.
- Autonomía y preparación para la vida independiente Programa Específico de preparación para la autonomía e independencia para chicos y chicas en riesgo social, dirigido a aquellos que están o habían estado bajo tutela o guarda de la Administración Pública, sujetos a medidas judiciales o sean usuarios de otros programas dependientes del órgano gestor y destinados a la protección de las personas menores de edad.
La aplicación de dichas medidas deberá ajustarse estrictamente a los requisitos legales en cuanto a condiciones, procedimiento, personal autorizado, garantías de derechos, registro de incidencias, control administrativo y judicial, así como al régimen de notificaciones previsto en la normativa vigente.
Corresponde a los recursos que desarrollen estos programas asegurar el cumplimiento de dicha normativa en todos los aspectos relacionados con la intervención con las personas menores, especialmente en lo relativo al uso de medidas de desescalada y resolución de conflictos. En todo caso, estos recursos deberán contar con personal debidamente cualificado y con formación en materia de derechos de la infancia y la adolescencia, resolución de conflictos y técnicas de sujeción, y someterse a la supervisión y control de la entidad pública competente.
Este Programa se centra en preparar y apoyar a los adolescentes para la vida independiente y su integración en un entorno social y laboral, enfocado al cumplimiento de los objetivos de autonomía y vida independiente, independientemente de la edad.
En este Programa se potenciará la interacción e integración del adolescente en la comunidad, así como el ejercicio de su autonomía y su participación en todos los ámbitos.
Metodología básica del trabajo socioeducativo en acogimiento residencial
El trabajo personal con cada niño, niña o adolescente se basa en una secuencia de intervención que se articula en el Programa Educativo Individual (PEI). Las fases principales de esta secuencia son las siguientes:
- Evaluación inicial: Cada niño, niña y/o adolescente debe ingresar en el recurso residencial en función de un estudio previo que aconseje esta medida como la más pertinente y favorable a sus intereses. Como consecuencia de dicho estudio existirán una serie de evaluaciones realizadas acerca de la persona menor de edad que suponen un punto de partida básico para conocer sus necesidades concretas. En todo caso, una vez realizada la acogida, se debe completar la evaluación de sus necesidades y especialmente una evaluación física y psicológica. Por otra parte, el ingreso debe ir acompañado de un Plan Individualizado de Protección que establecerá los objetivos de la medida y su duración, mediante la adscripción a uno de los programas previstos. Como evaluación inicial complementaria el equipo educativo desarrollará, una evaluación de la situación del niño, niña y/o adolescente (período de observación) mediante el uso de instrumentos como la observación o la entrevista en el ámbito de la relación cotidiana. Llegados a este punto se estará en disposición de realizar un Proyecto Educativo Individualizado (PEI) ajustado a las características de cada persona menor de edad.
- Programación: cada persona menor de edad deberá tener un PEI elaborado por su educador o educadora tutora mediante trabajo de equipo con el resto de profesionales del recurso residencial y con la participación de los niños, niñas y adolescentes en función de su edad y nivel de desarrollo. En él se detallarán los objetivos prioritarios a alcanzar, las estrategias a desarrollar, los recursos a movilizar, la temporalización y la forma de evaluar los resultados.
Este proyecto deberá ser lo suficientemente flexible para ir adaptándose a los cambios en la situación de cada caso. Se revisará y actualizará periódicamente y se archivará junto al resto de documentación. - Intervención socioeducativa: la intervención propiamente dicha se desarrolla por parte de las personas profesionales sobre la base de la convivencia cotidiana y la utilización de los recursos de la comunidad. El personal de atención directa deberá esforzarse por encontrar espacios educativos donde poder desarrollar sus estrategias en cada caso. Deberá poner especial atención en llegar a conseguir una adecuada relación individual con cada niño, niña o adolescente sin perder de vista que las actividades de grupo pueden ser un buen complemento para lograr ciertos aprendizajes. La búsqueda de los espacios de relación de forma individualizada es una de las dificultades mayores de las personas profesionales, si bien es al mismo tiempo una de sus principales metas. Es muy importante aprovechar las circunstancias de compartir una determinada actividad, ayuda en tareas escolares, desplazamientos en transporte, visitas médicas, etc. Por lo que respecta a la intervención directa, las personas profesionales deberán poseer formación en técnicas específicas de ayuda, tanto para poder construir un ambiente educativo cálido como para poder resolver situaciones problemáticas que se puedan presentar.
En algunos recursos residenciales específicos o con algunos niños, niñas y adolescentes en particular será necesario programar intervenciones que tengan una finalidad preventiva, terapéutica o rehabilitadora, de modo que se cubran las necesidades reales de cada caso. - Valoración: Desde el momento en que existe una evaluación inicial y un posterior proceso de intervención s e hace necesario proceder a la valoración de los logros conseguidos. resulta recomendable una evaluación mensual a partir de instrumentos de evaluación y registro que abarque los contextos de vida en los que se desenvuelve la persona menor de edad objeto de evaluación. Con este fin los educadores deberán disponer de un sistema de evaluación que permita ir registrando la evolución del desarrollo del caso en una serie de aspectos esenciales.
Este sistema facilitará la realización de informes de seguimiento legalmente establecidos, por cuanto se podrán resumir las principales incidencias que atañen a cada persona menor de edad, además del avance en los objetivos propuestos. La evaluación se llevará a cabo por su educador o educadora tutora, pero contando con el trabajo del resto del equipo, supervisado todo el proceso por el o la responsable de piso y con la participación de los propios niños, niñas y adolescentes y de la familia siempre que sea posible.