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Atención Temprana

Conjunto de intervenciones dirigidas a la población infantil de 0 a 6 años, su familia y su entorno,  que tiene por objetivo dar respuesta, lo antes posible, las necesidades transitorias o permanentes que presentan los niños y las niñas con trastornos en desarrollo o en riesgo de padecerlo.

 

 

Preguntas habituales

1.¿Qué es la atención temprana?

Se entiende la atención temprana como un conjunto de intervenciones dirigidas a la población infantil de 0 a 6 años, a su familia y a su entorno, y que tiene por objetivo dar respuesta lo antes posible a las necesidades transitorias o permanentes que presentan los niños y niñas con trastornos en el desarrollo o en riesgo de padecerlos, para facilitar el desarrollo de su autonomía personal y la inclusión social.

2. ¿Cuál es la clave de la atención temprana?
Podemos decir que la clave está en la palabra temprana; cuanto antes se detecten las posibles dificultades, mejores resultados se pueden obtener de la atención profesional. Así es que las familias deben estar bien informadas sobre el proceso evolutivo normalizado de sus hijos e hijas, para poder detectar cualquier dificultad con mayor prontitud.
3. ¿Qué ofrece la Red gallega de atención temprana?
En los servicios de atención temprana se ofrecerá una intervención biopsicosocial que favorezca la adquisición o la recuperación de funciones y de habilidades personales y sociales para la mejora de la autonomía, de la convivencia social y familiar y de la inclusión social.
4. ¿Qué son los trastornos del desarrollo?

Son situaciones en las que, como consecuencia de una alteración de las estructuras o funciones corporales, de restricciones en la participación social o a causa de factores del entorno, se produce una desviación o atraso significativo en el desarrollo de las capacidades, adquisiciones y recursos personales típicos en los niños y niñas.

5. ¿Qué se denomina riesgo del trastorno del desarrollo?

Se entiende por situaciones de riesgo de padecer un trastorno en el desarrollo aquellas circunstancias de vulnerabilidad evolutiva que requieren intervención por la descompensación negativa entre factores de riesgo y protección.

6. ¿A quién se dirige la atención temprana?

A los niños y niñas de 0 a 6 años con trastornos en el desarrollo o en situaciones de riesgo de padecerlos, residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia, así como a sus familias y a su entorno.

7. ¿Quién desarrolla la atención temprana en Galicia?

La atención temprana en Galicia es una competencia compartida por la Consellería de Política Social, la Consellería de Sanidad y la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria que, con sus equipos de intervención, forman la Red gallega de atención temprana. Esta red dispone de unos equipos interprofesionales que, dependiendo del diagnóstico realizado, abordarán el caso desde una u otra especialidad del equipo.

8. ¿Cuál es el procedimiento para recibir atención temprana?

La familia deberá acudir al servicio de pediatría del centro de salud que le corresponda e informará al pediatra de la sospecha de trastorno del desarrollo.
Será este profesional quien hará el diagnóstico previo, en función del cual derivará a la familia a la unidad de atención temprana más adecuada para el caso.

9. ¿Quién puede informar de una sospecha de trastorno del desarrollo en un niño?

En la mayoría de los casos son las familias las que presentan la sospecha de un trastorno del desarrollo, pero en algunos casos estas situaciones se detectan en las escuelas infantiles, en los servicios sociales comunitarios o incluso por otra instancia que trata al menor y a su familia. En el caso de que la sospecha se detecte fuera del ámbito familiar, debe informarse a la familia y/o a las personas responsables del niño o niña para que acudan al servicio de pediatría, que iniciará el procedimiento que corresponda.

10. A dónde debo dirigirme para obtener más información?

Podemos dirigirnos:
Al servicio de pediatría que, además de informarnos, será quien haga la primera valoración y derivará a la familia a la unidad de atención temprana que le corresponda.
Al profesional de referencia de los servicios sociales comunitarios del ayuntamiento de residencia, trabajador social municipal, que nos informará del procedimiento y de los recursos sociales sobre la situación que se le formule.
Al servicio de orientación del centro educativo en el que esté matriculado el niño o niña.

Normativa

 

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